Por Amasa Walker
Siempre que un pueblo produce más de cualquier cosa
que la que requiere para su autoconsumo, el excedente debe encontrar mercado en
el extranjero o la producción no aumentará más allá de la demanda domestica.
Por consiguiente, cualquier medida que tienda a prevenir la venta de productos
domésticos en un mercado extranjero tiene el efecto de desalentar la industria
doméstica.
Si ese es el caso ¿cuál deberá ser, en general, el efecto de los derechos sobre las
exportaciones?. Evidentemente reducir la cantidad exportada, y beneficiar al
productor extranjero de los bienes gravados con el impuesto.
Tomemos el trigo como ejemplo. Puede producirse en
casi todos países, y es un producto de exportación de muchos. La libertad de
comercio hace que el trigo de un país entre en competencia con el trigo
producido por otro país; y así puede tomarse por consiguiente en general como
un justo exponente de los otros
commodities.
Si el precio de trigo en Nueva York es digamos de un
dólar y cincuenta centavos por unidad de medida, lo es porque puede enviarse a
Liverpool o algún otro puerto extranjero, y, después de pagar el flete y los
cargos, permitir se haga una remesa igual a un dólar y cincuenta centavos.
En estas circunstancias, supongamos que el gobierno
impone sobre el trigo un derecho de exportación de veinticinco centavos por
medida.
¿Pagará ahora el exportador de Nueva York un dólar y
cincuenta centavos por medida de
trigo?. Ciertamente no, pues él no podrá exportarlo sin pagar, además, un
derecho de veinticinco centavos por medida; y, a menos que el trigo suba en el
extranjero, él perderá la cantidad del derecho que pague.
Claro, él ahora ofrecerá pagar un dólar y veinticinco
centavos en lugar de un dólar y cincuenta centavos, y la diferencia es la
pérdida de los productores que, a consecuencia del derecho de exportación,
están en una desventaja de veinticinco centavos por medida, comparado con los
productores de trigo de otro país.
Ellos no tienen otra salida mas que aceptar una
reducción de veinticinco centavos por medida, o limitar su producción en el
futuro a la cantidad requerida para el consumo doméstico.
Cuando hayan hecho esto, el precio de trigo se
corresponderá con los precios de todos los otros productos agrícolas del país,
no importa cual pueda ser. Así todos
esos productos se verán afectados por el derecho de exportación puesto sobre
el trigo; cada tipo de grano y
carne, aunque quizás no en el mismo
grado que el trigo.
Pero, desde que el mercado extranjero ha dependido en
una gran magnitud de la oferta del trigo norteamericano, si esta disminuye
¿no aumentaran los precios a tal punto que haga aumentar el precio del
trigo norteamericano?
Si el derecho hace disminuir la cantidad de trigo
norteamericano exportada, y por esta
causa el precio del trigo empieza a subir en el extranjero, el movimiento estimulara una oferta más
grande de otros países productores de trigo en la magnitud en la que ha sido
deprimida la producción en los Estados Unidos.
Pero el trigo no subirá permanentemente en el
extranjero a tal punto que sea
veinticinco centavos mayor que el precio en los Estados Unidos. Al aumento del
precio favorecerá que una cantidad limitada
salga también de nuestros puertos;
El productor norteamericano deberá, en todo caso,
asumir una parte de la pérdida, y el consumidor extranjero el saldo; mientras
los productores extranjeros, teniendo un antinatural alto precio, extenderán su
cultivo hasta donde sea posible.
El efecto incuestionable de los derechos de
exportación es disminuir la producción domestica y dar estímulo al trabajo
extranjero.
Éste es un principio general, aplicable a cada
commodity de producción domestica, salvo en lo que una nación pueda tener como
monopolio virtual; es decir, que pueda producir con una perfección mayor, o a
un más bajo costo, o ambos, que ninguna otra nación pueda competir con ella.
En ese caso, la nación exportadora podría imponer un
derecho que, al tiempo que crearía un rédito, no disminuiría la producción
materialmente en absoluto.
Walker, Amasa. "La Ciencia de la
Riqueza".